Renta Vitalicia

Una renta mensual y asegurada para toda la vida

  • Ingresos mensuales para complementar tu pensión para toda la vida.
  • Una única aportación desde 20.000 €, con un máximo de 600.000 € por póliza.
  • Protección para tus beneficiarios mediante un capital de fallecimiento sujeto a los límites establecidos.

Cómo funciona la renta vitalicia

  1. Realizas un test de adecuación

    Realiza el test de adecuación para saber si tienes los conocimientos y experiencia suficientes en productos financieros y productos o servicios de inversión. De esta forma sabrás si el producto es adecuado para ti.

  2. Realizas una Aportación única

    Cobras la renta mensualmente a partir de la activación del seguro y una vez abonada la prima única.

  3. Empieza a recibir una renta mensual asegurada vitalicia

    Cobras la renta mensualmente durante toda la vida del asegurado hasta su fallecimiento, de acuerdo con las condiciones de la póliza, a partir de la activación del seguro y una vez abonada la prima única.

  4. La renta está asegurada de forma vitalicia

    El pago de la renta se mantiene durante toda la vida del asegurado, según las garantías y condiciones recogidas en la póliza.

¿Puedes recuperar el capital antes de tiempo?

Sí. El rescate se realiza a valor de mercado, por lo que el importe recuperado puede ser inferior al capital aportado y existir una pérdida.
El cliente puede solicitar el rescate total o un rescate parcial. En los rescates parciales, el importe mínimo es de 4.000 € y también debe haber transcurrido la primera anualidad.

Fiscalidad de la renta vitalicia

En las rentas vitalicias inmediatas, solo una parte de cada mensualidad se considera rendimiento del capital mobiliario, es decir no pagas impuestos por todo el dinero que recibes al mes, sino solo por una parte.
Ese porcentaje que paga impuestos se calcula según la edad que tengas cuando contrates el seguro y se mantendrá igual para siempre, sin sorpresas durante la vigencia de tu póliza. 

Edad al constituir la renta Parte de la renta considerada rendimiento del capital mobiliario
De 50 a 59 años 28 %
De 60 a 65 años 24 %
De 66 a 69 años 20 %
70 años o más 8 %

Cómo contratar tu renta vitalicia

  1. Realiza el test de adecuación

    Realiza el test de adecuación para saber si tienes los conocimientos y experiencia suficientes en productos financieros y productos o servicios de inversión.

  2. Solicita un presupuesto 

    Indica tu edad y el capital que quieres aportar para recibir una propuesta personalizada.

  3. Revisa la propuesta 

    Comprueba el importe de la renta mensual, el capital de fallecimiento y las condiciones aplicables.

  4. Designa a tus beneficiarios 

    Indica qué personas recibirán la prestación prevista en caso de fallecimiento.

  5. Consulta la documentación 

    Revisa las garantías, el rescate, la fiscalidad, los riesgos y el resto de condiciones antes de decidir.

  6. Formaliza la póliza

    Firma el contrato y abona la prima única. La renta comenzará a pagarse mensualmente desde la fecha de efecto establecida.

¿Qué información necesitas antes de contratar?

Antes de formalizar el seguro debes recibir documentación suficiente para conocer el funcionamiento, las garantías, los riesgos y las consecuencias económicas y fiscales del producto.

  • Nombre legal completo del producto y entidad aseguradora.
  • Nota informativa de la Aseguradora y documento de datos fundamentales para el asegurado.
  • Papel de Cajamar en la comercialización o distribución.
  • Condiciones generales y particulares de la póliza.
  • Importe de la renta durante los primeros 15 años y el importe aplicable posteriormente.
  • Capital de fallecimiento y límite asociado a la edad del asegurado.
  • Condiciones del rescate total y parcial.
  • Penalización del 1 % y advertencia sobre el valor de mercado.
  • Tratamiento fiscal de las rentas, del rescate y del capital de fallecimiento.
  • Canales de atención, reclamación y consulta de documentación.

Preguntas frecuentes sobre la renta vitalicia

Una renta vitalicia es un seguro de vida-ahorro que permite convertir una aportación de capital en ingresos periódicos durante toda la vida del asegurado. En este producto, el capital se entrega mediante una prima única y la renta se abona mensualmente.
Su objetivo es complementar otros ingresos, como la pensión pública, y aportar previsibilidad durante la jubilación. No es un depósito ni un plan de pensiones: la prestación principal es una renta asegurada mientras viva la persona asegurada.

  • Capital aportado: la prima única que se paga al contratar.
  • Renta mensual: el ingreso que se recibe cada mes.
  • Duración vitalicia: la renta se mantiene mientras viva el asegurado.
  • Capital de fallecimiento: la prestación prevista para los beneficiarios.

El seguro se constituye mediante una prima única. Una vez pagada y llegada la fecha de efecto, comienza el abono mensual de la renta.
La renta está asegurada de forma vitalicia. Este importe se mantendrá constante los primeros 15 años y, posteriormente pasará a otro importe que también podría permanecer constante.
Antes de contratar, el cliente recibe un presupuesto personalizado y la documentación contractual con el importe de la renta, el capital de fallecimiento, las condiciones del rescate y la información fiscal aplicable.

El test de adecuación son una serie de preguntas sobre los conocimientos y experiencia del cliente sobre los productos financieros y productos o servicios de inversión, que se deberá contestar por parte del cliente con total veracidad, de tal forma que, en función de sus respuestas, se podrá comprobar si el producto es adecuado o no para el cliente.

Está dirigida a clientes de Cajamar que tengan entre 50 y 80 años, con residencia fiscal en España, con unos conocimientos y experiencia suficientes en productos financieros y productos o servicios de inversión (conocimientos medios), con un perfil de riesgo conservador, y dispongan de ahorro acumulado para realizar la aportación inicial.
También es apto para clientes con perfiles moderados y decididos que deseen diversificar sus inversiones.
No se trata de un producto apto para clientes que no quieran asumir un riesgo en la inversión, o que no tengan los conocimientos y experiencia mínimos necesarios.
Puede resultar adecuada para personas que buscan complementar su pensión, priorizan ingresos previsible y no necesitan mantener todo su capital disponible a plazo.
Antes de decidir, conviene valorar la liquidez que se necesitará en el futuro, porque el rescate se realiza a valor de mercado y puede generar una pérdida.

Aquellos clientes que:

  • No lo sean de Cajamar.
  • Que tengan una edad inferior a 50 años y superior a 80 años.
  • Que no tengan residencia fiscal en España.
  • Que no tengan unos conocimientos y experiencia suficientes en productos financieros y productos o servicios de inversión.
  • Que no quieran asumir un riesgo en la inversión.
  • Que no dispongan de ahorro acumulado para realizar la aportación inicial.

En caso de fallecimiento del asegurado, las personas beneficiarias reciben un capital equivalente al 102,5 % de la prima pagada, con el límite aplicable en función de la edad del asegurado. El tomador puede designar a los beneficiarios en el momento de contratar o posteriormente, mediante una indicación expresa conforme al procedimiento establecido en la póliza. Cada póliza se constituye sobre una sola persona asegurada. No existe reversibilidad, por lo que la renta mensual no continúa pagándose a un cónyuge u otra persona después del fallecimiento del asegurado. El capital percibido por los beneficiarios tributa por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La tributación concreta depende de las circunstancias personales, el parentesco y la normativa autonómica aplicable.

Sí. El rescate puede solicitarse una vez transcurrida la primera anualidad de la póliza. El cliente puede solicitar el rescate total o un rescate parcial. En los rescates parciales, el importe mínimo es de 4.000 € y también debe haber transcurrido la primera anualidad. Se aplica una penalización del 1 % sobre la provisión matemática que se rescata. La provisión matemática es el importe que la aseguradora mantiene reservado para afrontar el pago de las rentas futuras garantizadas al asegurado. Además, el rescate se realiza a valor de mercado, por lo que el importe obtenido puede ser inferior al capital aportado y existir una pérdida. El rescate obliga a regularizar la ventaja fiscal aplicada a las rentas cobradas. El cliente deberá tributar por las cantidades que no se hubieran integrado anteriormente como rendimiento del capital mobiliario, de acuerdo con la normativa vigente y su situación personal.

La prima única mínima es de 20.000 €. El máximo es de 600.000 € por póliza.
El cliente puede contratar más de una póliza, por lo que el límite se aplica de forma individual a cada contrato.
La cantidad que se aporte influirá en la renta mensual y debe decidirse manteniendo fuera del seguro el ahorro necesario para gastos y necesidades de liquidez a corto o medio plazo.

La renta comienza a pagarse desde la fecha de efecto de constitución del seguro, siempre que se haya abonado previamente la prima única.
El cobro es mensual. La fecha concreta de cada abono y el importe correspondiente deben figurar en el presupuesto y en la póliza.

Sí. La renta está asegurada de forma vitalicia, por lo que se abona mientras viva la persona asegurada, conforme a las condiciones del contrato.
La garantía vitalicia se refiere al pago de la renta. No significa que el capital aportado pueda recuperarse íntegramente en cualquier momento ni que el rescate esté libre de riesgo.

Sí la cuantía se mantendrá constante durante los 15 primeros años, y posteriormente, pasará a otro importe que también podría permanecer constante.

Sí. El rescate parcial está disponible a partir de la primera anualidad y debe ser, como mínimo, de 4.000 €.
Al solicitarlo se reduce la provisión matemática vinculada a la póliza. La entidad deberá informar de cómo afecta el rescate parcial a la renta que se seguirá cobrando y al resto de prestaciones del contrato.

El tomador puede designar a los beneficiarios al contratar la póliza o hacerlo posteriormente mediante una indicación expresa.
Cualquier cambio debe comunicarse siguiendo el procedimiento establecido por la aseguradora. Conviene mantener la designación actualizada cuando cambien las circunstancias familiares o sucesorias.
Los beneficiarios recibirán la prestación que corresponda según la póliza y deberán acreditar su condición cuando soliciten el pago.

El capital de fallecimiento tributa por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
La cantidad a pagar no es igual para todos los beneficiarios. Depende de factores como el parentesco, la comunidad autónoma aplicable y las reducciones o bonificaciones vigentes.

No. La póliza se constituye sobre un único asegurado y no existe reversibilidad de la renta.
Esto significa que, cuando fallece el asegurado, la renta mensual se extingue y no continúa pagándose al cónyuge ni a otro beneficiario. La protección de los beneficiarios se articula mediante el capital de fallecimiento previsto en el contrato.

La renta vitalicia está asegurada y se paga con los importes definidos para cada periodo en la póliza. El cliente no tiene que gestionar una cartera ni tomar decisiones de inversión para seguir cobrándola. Sin embargo, el valor de rescate sí se calcula a valor de mercado.

El cliente facilitará los datos necesarios para que Grupo Cooperativo Cajamar prepare una propuesta personalizada.
La propuesta debe incluir la renta mensual de los dos periodos, el capital de fallecimiento, las condiciones del rescate y la información esencial para tomar una decisión informada. Solicitar un presupuesto no implica contratar. Para formalizar la póliza es necesario ser cliente de Cajamar, revisar la documentación y abonar la prima única.

Sí. Es necesario ser cliente de Grupo Cooperativo Cajamar para contratar el Seguro Cajamar Renta Vitalicia Asegurada.
La solicitud de presupuesto puede utilizarse para conocer las condiciones del producto. La formalización se realizará por el canal que indique Grupo Cooperativo Cajamar y no debe presentarse como una contratación necesariamente online.

No existe una mensualidad estándar. Cajamar debe calcular una propuesta personalizada a partir de la edad del asegurado, la prima única y las condiciones vigentes en el momento de contratar.
El presupuesto debe mostrar, como mínimo, la renta mensual de los primeros 15 años y el importe mensual aplicable después de ese periodo.
El dato definitivo será el que figure en la póliza. Las cifras orientativas publicadas fuera de una propuesta individual no deben interpretarse como una oferta contractual.

En una renta vitalicia inmediata, solo una parte de cada mensualidad se considera rendimiento del capital mobiliario. El porcentaje se fija según la edad del asegurado al constituir la renta y no cambia durante la vigencia del contrato.

  • De 50 a 59 años: se considera rendimiento el 28 % de la renta.
  • De 60 a 65 años: el 24 %.
  • De 66 a 69 años: el 20 %.
  • Con 70 años o más: el 8 %.

Estos porcentajes no son el tipo impositivo: indican qué parte de la renta se integra como rendimiento.

Sí. El producto permite solicitar el rescate una vez transcurrida la primera anualidad.
El rescate puede ser total o parcial, pero no equivale a retirar el capital inicial sin consecuencias. El importe se determina a valor de mercado y puede ser inferior a la cantidad aportada.
Antes de rescatar, el cliente debe conocer el importe estimado que recibirá, la penalización aplicable y el efecto fiscal de la operación.

Sí. Existe la posibilidad de recuperar menos dinero del aportado porque el valor de rescate se calcula a valor de mercado.
El producto está diseñado para proporcionar una renta vitalicia y no para funcionar como una cuenta con disponibilidad inmediata. Por eso, antes de contratar conviene reservar fuera de la póliza el ahorro que pueda necesitarse a corto plazo.

El rescate obliga a regularizar la ventaja fiscal aplicada a las rentas cobradas. El cliente deberá tributar por la parte que no se hubiera integrado anteriormente como rendimiento del capital mobiliario.
El cálculo concreto depende de las cantidades percibidas, del importe rescatado, de la normativa vigente y de la situación personal del cliente. Antes de ejecutar la operación debe solicitarse información fiscal actualizada.

En caso de fallecimiento, los beneficiarios designados reciben un capital equivalente al 102,5 % de la prima pagada, con un límite que depende de la edad del asegurado.
La renta mensual del asegurado finaliza con su fallecimiento. Como el producto no dispone de reversibilidad, esa renta no pasa a pagarse a otra persona.
El importe exacto y el límite aplicable deben aparecer en el presupuesto y en la documentación contractual.

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