Afectación de PSD2 a mis contratos con la entidad
A continuación le informamos sobre las modificaciones aplicables a todos los contratos que mantenga formalizados con esta Entidad en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2009 de Servicios de Pago, de 13 de noviembre, modificada en parte por el Real Decreto-ley de 24 de noviembre de 2018 para adaptarse a PSD2 (Directiva 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre servicios de pago en el mercado interior de 25 de noviembre de 2015).
La nueva normativa de aplicación podrá permitir, previa autorización del Cliente, el acceso a la información de sus cuentas por otros proveedores de servicios, así como que un comercio pueda ejecutar órdenes de pago en su nombre, contra cuenta o tarjeta incluyéndose por ello dentro del ámbito de aplicación de la normativa de servicios de pago, a los servicios de iniciación de pagos y servicios de información sobre cuentas que realicen otros proveedores de servicios de pago distintos a esta Entidad bancaria.
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Información destinada a proveedores de servicios financieros (TPP).
Las normas de la UE hacen que sus pagos electrónicos sean más baratos, fáciles y seguros.
Estos derechos se recogen en la Directiva sobre servicios de pago revisada (PSD2), la Directiva sobre cuentas de pago y otros actos legislativos de la UE, cuya finalidad es hacer que los pagos que realicemos sean más seguros y cómodos.