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A-D

APORTACIÓN.
Contribución del partícipe al plan de pensiones.
BENEFICIARIO.
Persona física con derecho a la percepción de prestaciones, haya sido o no previamente partícipes
CAPITAL.
Modalidad de prestación de los planes de pensiones consistente en la percepción de parte o del total de los derechos consolidados en una sola cantidad.
CAPITALIZACIÓN.
Sistema en que se instrumentan los planes de pensiones, consistente en acumular las aportaciones y sus rendimientos, con el fin de lograr un capital destinado a cubrir la jubilación y las contingencias previstas en el plan.
COMISIÓN DE CONTROL DEL FONDO.
Órgano constituido con la representación de todas las comisiones de control de los planes de pensiones integrados en el fondo, ponderando el voto de los designados por cada plan en atención a su número y a la parte de interés económico que el plan tenga en el fondo.
COMISIÓN DE CONTROL DEL PLAN.
Órgano máximo de supervisión, representación y control de funcionamiento del plan de pensiones. Está formada por representantes del promotor, de los partícipes y de los beneficiarios.
CUENTA DE POSICIÓN.
Importe global de todos los derechos consolidados de cada uno de los partícipes del plan de pensiones.
DERECHOS CONSOLIDADOS.
Cuota parte del fondo de capitalización que corresponde a cada partícipe, determinada en función de las aportaciones, directas e imputadas, y los rendimientos generados por los recursos invertidos, atendiendo, en su caso, a los quebrantos y gastos que se hayan producido.