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P-S

PÓLIZA.
Es el documento que demuestra la existencia de un contrato de seguro entre dos partes, en el cual se regulan y recogen las condiciones y acuerdos en que se basará la futura realización del contrato de seguro. La póliza estará hecha a partir de las declaraciones de la solicitud.
PRESTACIONES.
Conjunto de obligaciones que asume el asegurador en caso de siniestro, a cambio de la prima que percibe.
PRIMA.
El precio del seguro. El recibo contendrá, además, los recargos e impuestos que sean de legal aplicación.
SEGURO DE AHORRO.
El principal objetivo del seguro colectivo de ahorro es la creación de un capital para hacer frente a la jubilación de los propios asegurados.
SEGURO DE JUBILACIÓN.
Modalidad de seguro de vida consistente en el pago de un capital o renta, diferidos en su pago hasta que el asegurado alcance una edad de jubilación predeterminada.
SEGURO DE VIDA.
Modalidad de seguro de personas en el que el pago por el asegurador de la cantidad estipulada en el contrato depende del fallecimiento o supervivencia del asegurado en un período determinado.
SINIESTRO.
Es un hecho cuya consecuencia económica dañosa está cubierta por póliza. El conjunto de daños derivados de un mismo evento constituyen un sólo siniestro.
SUMA ASEGURADA.
La cantidad fijada en cada una de las partidas de la póliza, que constituye el límite máximo de la indemnización a pagar por todos los conceptos por el Asegurador, en caso de siniestro.